Desde el 1 de octubre de 2026, el interés más alto que un banco o una tarjeta de crédito te puede cobrar en Colombia bajó. La tasa de usura para créditos de consumo y ordinarios quedó en 28,59 % efectivo anual, frente al 29,24 % que rigió en septiembre. Es una baja de 0,65 puntos porcentuales que se nota, sobre todo, en las compras a cuotas con tarjeta y en los avances.
La cifra sale de la certificación que hizo la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) en la Resolución 1472 de 2026, vigente del 1 al 31 de octubre. Aquí te explicamos qué significa para tu bolsillo, cómo comprobar en el extracto que no te están cobrando de más y qué hacer si lo están haciendo.
Respuesta rápida
En octubre de 2026 la tasa de usura para créditos de consumo y ordinarios es del 28,59 % efectivo anual (en septiembre fue 29,24 %). El interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera es 19,06 % E.A., según la Resolución 1472 de 2026, vigente del 1 al 31 de octubre. Ningún interés que se cause en ese mes por tarjeta de crédito o crédito de consumo puede superar el 28,59 % E.A. Si te cobran por encima, reclama a la entidad y, si no responde, acude al Defensor del Consumidor Financiero y a la SFC.
Tasa de usura de octubre de 2026: todas las cifras
Cada mes la SFC certifica el interés bancario corriente (IBC), que es el promedio de lo que cobran los bancos en cada tipo de crédito. La tasa de usura es el tope legal y equivale a una y media veces ese interés bancario corriente. Estas son las cifras para octubre de 2026:
| Modalidad de crédito | Interés bancario corriente (E.A.) | Tasa de usura (E.A.) |
|---|---|---|
| Consumo y ordinario (tarjetas, libre inversión) | 19,06 % | 28,59 % |
| Consumo de bajo monto | 44,44 % | 66,66 % |
| Productivo de mayor monto | 27,50 % | 41,25 % |
| Productivo rural | 20,63 % | 30,95 % |
| Productivo urbano | 38,26 % | 57,39 % |
| Popular productivo rural | 43,63 % | 65,45 % |
| Popular productivo urbano | 58,41 % | 87,62 % |
Para comparar: en septiembre de 2026 el interés bancario corriente de consumo y ordinario fue 19,49 % y la usura, 29,24 %. En octubre ambos bajaron.
Dato clave. Las tasas se expresan en efectivo anual (E.A.), pero los extractos suelen mostrar también la tasa mes vencido (M.V.). El 28,59 % E.A. equivale aproximadamente a un 2,12 % mensual; el 29,24 % de septiembre era cerca de un 2,16 % mensual (cálculo propio de equivalencia de tasas).
Qué significa la tasa de usura para tu tarjeta de crédito
Muchas tarjetas de crédito en Colombia cobran una tasa igual o muy cercana al tope legal. Cuando la usura baja, la entidad no puede seguir cobrando la tasa de septiembre por los intereses que se causen en octubre: el límite aplica al periodo en el que se generan los intereses.
En la práctica, esto significa que:
- Las compras a cuotas y los avances que generen intereses en octubre no pueden pasar del 28,59 % E.A.
- Los intereses de mora también tienen techo: no pueden superar la tasa de usura.
- Si pagas el total de la tarjeta antes de la fecha límite (pago "a una cuota" sin intereses, según las condiciones de tu tarjeta), la tasa no te afecta, pero vale la pena revisar el extracto igual.
En los créditos de consumo (libre inversión, por ejemplo) con tasa fija pactada por debajo del tope, la baja no cambia tu cuota. Lo que sí debes vigilar es que ningún cargo por intereses, en ningún mes, supere el límite vigente en ese periodo.
Cómo revisar el extracto de tu tarjeta paso a paso
- Busca la tasa aplicada. En el extracto aparece como "tasa de interés efectiva anual" o "tasa M.V.". Compárala con el 28,59 % E.A. (o 2,12 % M.V., aproximadamente) para los intereses causados en octubre.
- Revisa el periodo de facturación. Si tu corte va, por ejemplo, del 15 de septiembre al 15 de octubre, una parte de los intereses corresponde a septiembre (tope 29,24 %) y otra a octubre (tope 28,59 %).
- Mira los intereses de mora. Si te atrasaste, verifica que la tasa de mora tampoco supere la usura del mes.
- Identifica cobros que no reconoces. Seguros, cuotas de manejo o comisiones que no autorizaste merecen un reclamo aparte.
- Guarda las pruebas. Descarga el extracto en PDF y toma capturas de la app con la tasa aplicada.
Qué dice la ley si te cobran intereses por encima de la usura
Cobrar por encima del tope tiene consecuencias. La propia Superintendencia Financiera las resume en su página sobre intereses:
- El artículo 884 del Código de Comercio establece que el interés moratorio, si no se pactó, será de una y media veces el bancario corriente, y que cuando se sobrepasan esos montos el acreedor pierde todos los intereses.
- El artículo 72 de la Ley 45 de 1990 dispone que, si se cobran intereses por encima de los límites, el acreedor pierde los intereses cobrados en exceso, aumentados en un monto igual. El deudor puede pedir la devolución de lo pagado de más más una suma igual, y la SFC vela porque las entidades vigiladas hagan esa devolución.
- Además, cobrar intereses que superen en la mitad el interés bancario corriente constituye el delito de usura (artículo 305 del Código Penal).
Cómo reclamar si te cobraron por encima de la tasa de usura
Como cliente de un banco eres consumidor financiero y estás protegido por la Ley 1328 de 2009. Esta es la ruta, en orden:
- Reclamo directo a la entidad. Radica una queja por escrito (app, página web u oficina) explicando qué tasa te aplicaron, en qué periodo y cuál era el tope vigente. Pide la devolución de los intereses cobrados en exceso y guarda el número de radicado. Puedes armar la carta con nuestro generador de PQR gratis.
- Defensor del Consumidor Financiero. Si la respuesta no te satisface, acude al defensor de tu banco: es gratuito e independiente. Te explicamos cómo en la guía del Defensor del Consumidor Financiero.
- Superintendencia Financiera. También puedes presentar una queja ante la SFC desde su página web (superfinanciera.gov.co). Adjunta el extracto, tu reclamo y la respuesta del banco.
Si tu banco es Bancolombia, en la guía de PQR a Bancolombia están sus canales. Y si te están llamando para cobrar de forma abusiva, lee cómo denunciar el acoso de cobranzas.
Importante. OpinaFlow es una herramienta gratuita para ayudarte a redactar y radicar tus reclamos. No somos una firma de abogados ni una entidad oficial, y este artículo es información general, no asesoría jurídica ni financiera. Las cifras corresponden a la certificación de la Superintendencia Financiera para octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la tasa de usura en octubre de 2026?
Para créditos de consumo y ordinarios, incluidas las tarjetas de crédito, la tasa de usura de octubre de 2026 es del 28,59 % efectivo anual. La certificó la Superintendencia Financiera con la Resolución 1472 de 2026 y rige del 1 al 31 de octubre.
¿Cuánto bajó la tasa de usura frente a septiembre?
Bajó 0,65 puntos porcentuales: pasó del 29,24 % efectivo anual en septiembre de 2026 al 28,59 % en octubre. El interés bancario corriente de consumo bajó de 19,49 % a 19,06 %.
¿Cuál es la tasa de usura del crédito de consumo de bajo monto en octubre de 2026?
Para el crédito de consumo de bajo monto la tasa de usura de octubre de 2026 es del 66,66 % efectivo anual, con un interés bancario corriente certificado de 44,44 %.
¿Qué pasa si el banco me cobra intereses por encima de la usura?
Según el artículo 72 de la Ley 45 de 1990, el acreedor pierde los intereses cobrados en exceso, aumentados en un monto igual, y puedes pedir su devolución. El artículo 884 del Código de Comercio dispone la pérdida de todos los intereses cuando se superan los límites. Además, la usura es un delito según el artículo 305 del Código Penal.
¿Dónde reclamo si mi tarjeta de crédito supera la tasa de usura?
Primero ante el banco, con un reclamo escrito y número de radicado. Si no te responden o la respuesta no te satisface, acude al Defensor del Consumidor Financiero de la entidad y presenta una queja ante la Superintendencia Financiera de Colombia. Todos esos trámites son gratuitos.